COMPROBACIÓN DE TESTAMENTOS CERRADOS
Proceso por el cual el Notario enterado del fallecimiento del testador, previa comprobación del testamento cerrado, procede a la apertura e inscripción del contenido del testamento en los Registro Públicos.
(Base legal Art. 35º a 37º Ley Nº 26662).
Requisitos:
- Solicitud firmada por el solicitante, autorizada por abogado.
- Copia del DNI del solicitante.
- Copia certificada de la partida de defunción o de declaración de muerte presunta del testador.
- Certificado negativo de testamento emitido por la SUNARP.
- Copia certificada del acta notarial o certificación de existencia del testamento, emitida por el Notario que lo conserve bajo custodia, así como el nombre y domicilio de testigos que intervinieron en la entrega del testamento cerrado.
Trámite:
- Verificado el cumplimiento de los requisitos se procede con lo solicitado.
- Protocolización del testamento en el Registro de Asuntos No contenciosos.
- Inscripción en los Registros Públicos.