COMPROBACIÓN DE TESTAMENTOS CERRADOS

Proceso por el cual el Notario enterado del fallecimiento del testador, previa comprobación del testamento cerrado, procede a la apertura e inscripción del contenido del testamento en los Registro Públicos.

(Base legal Art. 35º a 37º Ley Nº 26662).

Requisitos:

  • Solicitud firmada por el solicitante, autorizada por abogado.
  • Copia del DNI del solicitante.
  • Copia certificada de la partida de defunción o de declaración de muerte presunta del testador.
  • Certificado negativo de testamento emitido por la SUNARP.
  • Copia certificada del acta notarial o certificación de existencia del testamento, emitida por el Notario que lo conserve bajo custodia, así como el nombre y domicilio de testigos que intervinieron en la entrega del testamento cerrado.

Trámite:

  • Verificado el cumplimiento de los requisitos se procede con lo solicitado.
  • Protocolización del testamento en el Registro de Asuntos No contenciosos.
  • Inscripción en los Registros Públicos.